El comité permanente para las Constituciones y Reglas Oblatas celebró su cuarta reunión en Roma, del 22 al 24 de mayo. El comité fue establecido por el Superior general en Consejo durante la sesión plenaria de enero-febrero de 2016. Sus miembros son: David LÓPEZ MORENO (Provincia Mediterránea), Bernard KERADEC (Francia), Raymond WARREN (Provincia Anglo-irlandesa), el Procurador general ante la Santa Sede (David KUMAR) y un miembro del Consejo general (Paolo ARCHIATI). El P. Arun ROZARIO es el Secretario.
En diálogo con el Superior general y su Consejo, el comité trabaja en la actualidad en tres áreas: la primera es la implementación de una recomendación de nuestro último Capítulo general: “El 36º Capítulo general recomienda a la Administración general que comience una reflexión y un estudio más profundos sobre la realidad de la comunidad en nuestra Congregación con vistas a la Misión, y sobre la naturaleza y el lugar de las comunidades de distrito en nuestra vida y misión oblatas.” (Actas del Capítulo, pág. 31)
La segunda es animar a la Congregación en relación con el “don” de nuestras Constituciones y Reglas. Celebramos este año el 200 aniversario de la primera Regla, escrita por Eugenio en 1818 y aprobadas por el primer Capítulo general en octubre del mismo año.
La tercera conllevará la revisión del texto de nuestras Constituciones y Reglas. A lo largo de los años hemos tomado conciencia de su riqueza, pero también de la necesidad de revisar y mejorar el texto. Hay cierto número de inconsistencias en el texto, problemas de traducción, y también nos estamos preguntando si algunas secciones del mismo tendrían que ser retocadas o reescritas habida cuenta de los cambios ocurridos en la Iglesia y en nuestra Congregación en los últimos 40 años (el texto actual data de 1980).
El comité, que puede ser contactado en OMICCRR@gmail.com, está abierta a sugerencias procedentes de todo el mundo Oblato para realizar mejor su trabajo. Será además el punto de referencia “natural” para todas las propuestas relacionadas con nuestras Constituciones y Reglas que sean dirigidas a los Capítulos generales.